
Información obtenida
de la Web del Ministerio
de Cultura
y de Wikipedia
Desde 1749 se realizó,
en los 15.000 lugares con que contaba la Corona de
Castilla (entre los que no se cuentan los de las provincias
vascas, por estar exentas de impuestos), una minuciosa
averiguación a gran escala de sus habitantes,
propiedades territoriales, edificios, ganados, oficios,
rentas, características geográficas
de cada población, etc...
Fue ordenada por el
rey Fernando VI a propuesta de su ministro el Marqués
de la Ensenada y recibe hoy el nombre de Catastro
de Ensenada.
Entre 1750 y 1754
todas las poblaciones de "las Castillas"
fueron sometidas a un interrogatorio
constituido por las 40 preguntas siguientes:
1. Nombre de la población
2. Jurisdicción: Propiedad y derechos
3. Situación geográfica y tamaño
del territorio
4. Tipos de tierra
5. Calidades de la Tierra
6. Tipos de árboles
7. Qué tierras tienen árboles
8. Formación de los plantíos
9. Unidad de medida de las tierras
10. Superficie de las tierras y calidades
11. Tipos de frutos
12. Cantidad, calidad y variedad de frutos
13. Productos arbóreos
14. Valor anual de la producción frutícola
y su calidad
15. Impuestos y sus titulares
16. Valor de los arriendos anuales
17. Minería y manufactura
18. Esquilmos
19. Colmenas
20. Ganadería
21. Vecindario
22. Casas
23. Propiedades del común
24. Impuestos del común
25. Gastos del común
26. Cargos de justicia del común
27. Servicio ordinario y extraordinario
28. Rentas enajenadas
29. Establecimientos de comercio
30. Hospitales
31. Cambistas y comercio al por mayor
32. Otros comercios y profesionales
33. Ocupaciones de artes mecánicas (oficios)
34. Artistas
35. Jornaleros
36. Pobres de solemnidad
37. Embarcaciones
38. Clérigos
39. Conventos
40. Propiedades personales del Rey

Transcripción
del Interrogatorio:
Interrogatorio
que han de satisfacer, bajo juramento, las justicias,
y demás personas, que harán comparecer
los intendentes en cada pueblo
1. Cómo se llama la población
2. Si es de realengo o de señorío, a
quién pertenece, qué derechos percibe
y cuánto produce.
3. Qué territorio ocupa el término,
cuánto de levante a poniente y del norte al
sur, y cuánto de circunferencia, por horas,
y leguas, qué linderos o confrontaciones; y
qué figura tiene, poniéndola al margen.
4. Qué especies de tierra se hallan en el término;
si de regadío y de secano, distinguiendo si
son de hortaliza, sembradura, viñas, pastos,
bosques, matorrales, montes, y demás que pudiere
haber, explicando si hay algunas que produzcan mas
de una cosecha al año, las que fructificaren
sola una y las que necesitan de un año de intermedio
de descanso.
5. De cuántas calidades de tierra hay en cada
una de las especies que hayan declarado, si de buena,
mediana e inferior.
6. Si hay alguno plantío de árboles
en las tierras que han declarado, como frutales, moreras,
olivos, higueras, almendros, parras, algarrobos, etc.
7. En cuáles de las tierras están plantados
los árboles que declararen.
8. En qué conformidad están hechos los
plantíos, si extendidos en toda la tierra o
a las márgenes, en una, dos, tres hileras,
o en la forma que estuvieren
9. De qué medidas de tierra se usa en aquel
pueblo: de cuántos pasos o varas castellanas
en cuadro se compone, qué cantidad de cada
especie de granos de los que se cogen en el término
se siembra en cada una.
10. Qué número de medidas de tierra
habrá en el término, distinguiendo las
de cada especie y calidad, por ejemplo, tantas fanegas,
o del nombre, que tuviese la medida de tierra de sembradura
de la mejor calidad, tantas de mediana bondad y tantas
de inferior; y lo propio en las demás especies
que hubieren declarado.
11. Qué especies de frutos se cogen en el término
12. Qué cantidad de frutos de cada género,
unos años con otros, produce, con una ordinaria
cultura, una medida de tierra de cada especie y calidad
de las que hubiere en el término, sin comprender
el producto de los árboles que hubiese.
13. Qué producto se regula darán por
medida de tierra los arboles que hubiere, según
la forma en que estuviese hecho el plantío,
cada uno en su especie.
14. Qué valor tienen ordinariamente un año
con otro los frutos que producen las tierras del término,
cada calidad de ellos.
15. Qué derechos se hallan impuestos sobre
las tierras del término, como diezmo, primicia,
tercio-diezmo u otros; y a quien pertenecen.
16. A qué cantidad de frutos suelen montar
los referidos derechos de cada especie o a que precio
suelen arrendarse un año con otro.
17. Si hay algunas minas, salina, molinos harineros
u de papel, batanes u otros artefactos en el término,
distinguiendo de qué metales y de qué
uso, explicando sus dueños y lo que se regula
produce cada uno de utilidad al año.
18. Si hay algún esquilmo en el término,
a quien pertenece, qué número de ganado
viene al esquileo a él y que utilidad se regula
da a su dueño cada año.
19. Si hay colmenas en el término, cuántas
y a quien pertenecen.
20. De qué especies de ganado hay en el pueblo
y término, excluyendo las mulas de coche y
caballos de regalo; y si algún vecino tiene
cabaña o yeguada que pasta fuera del término,
donde y de qué número de cabezas, explicando
el nombre del dueño.
21. De qué número de vecinos se compone
la población y cuántos en la casas de
campo o alquerías.
22. Cuántas casas habrá en el pueblo,
qué número de inhabitables, cuántas
arruinadas; y si es de señorío, explicar
si tienen cada una alguna carga que pague al dueño
por el establecimiento del suelo, y cuánto.
23. Qué propios tiene el común y a que
asciende su producto al año, de que se deberá
pedir justificación.
24. Si el común disfruta algún arbitrio,
sisa u otra cosa, de que se deberá pedir la
concesión, quedándose con copia que
acompañe estas diligencias; qué cantidad
produce cada uno al año, a que fin se concedió,
sobre qué especies para conocer si es temporal
o perpetuo y si su producto cubre o excede de su aplicación.
25. Que gastos debe satisfacer el común, como
salario de Justicia y regidores, fiestas de Corpus
u otras; empedrado, fuentes, sirvientes, etc., de
que se deberá pedir individual razón.
26. Que cargos de Justicia tiene el común,
como censos, que responda u otros, su importe, por
qué motivo y a quien, de que se deberá
pedir puntual noticia.
27. Si está cargado de servicio ordinario y
extraordinario u otros, de que igualmente se debe
pedir individual razón.
28. Si hay algún empleo, alcabala u otras rentas
enajenadas, a quién, si fue por servicio pecuniario
u otro motivo, de cuánto fue y lo que produce
cada uno al año, de que se deberán pedir
los títulos y quedarse con copia.
29. Cuántas tabernas, mesones, tiendas, panaderías,
carnicerías, puentes, barcas sobre ríos,
mercados, ferias, etc. hay en la población.
30. Si hay hospitales, de qué calidad, qué
renta tienen y de qué se mantienen.
31. Si hay algún cambista, mercader de por
mayor o quien beneficie su caudal por mano de corredor
u otra persona, con lucro e interés; y qué
utilidad se considera el puede resultar a cada uno
al año.
32. Si en el pueblo hay algún tendero de paños,
ropas de oro, plata y seda, lienzos, especería
u otras mercadurías, médicos, cirujanos,
boticarios, escribanos, arrieros, etc. y qué
ganancia se regula puede tener cada uno al año.
33. Qué ocupaciones de artes mecánicos
hay en el pueblo, con distinción, como albañiles,
canteros, albéitares, herreros, sogueros, zapateros,
sastres, pelaires, tejedores, sombrereros, manguiteros
y guanteros, etc.; explicando en cada oficio de los
que hubiere, el número que haya de maestros
oficiales y aprendices, y qué utilidad le puede
resultar, trabajando meramente de su oficio, al día
cada uno.
34. Si hay entre los artistas alguno, que teniendo
caudal, haga prevención de materiales correspondientes
a su propio oficio o a otros, para vender a los demás,
o hiciere algún otro comercio, o entrase en
arrendamientos; explicar quienes, y la utilidad que
consideren le puede quedar al año a cada uno
de los que hubiese.
35. Qué número de jornaleros habrá
en el pueblo y a cómo se paga el jornal diario
a cada uno.
36. Cuantos pobres de solemnidad habrá en la
población.
37. Si hay algunos individuos que tengan embarcaciones,
que naveguen en la mar o ríos, su porta, o
para pescar; cuántas, a quien pertenecen y
que utilidad se considera da cada una a su dueño
al año.
38. Cuántos clérigos hay en el pueblo.
39. Si hay algunos conventos, de qué religiones
y sexo, y qué número de cada uno.
40. Si el rey tiene en el término o pueblo
alguna finca o renta, que no corresponda a las generales
ni a las provinciales, que deben extinguirse; cuáles
son, cómo se administran y cuánto producen.
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aquí para ver los documentos originales del
interrogatorio
Proceso
Catastral
El proceso catastral
viene especificado con todo detalle en la Instrucción
que acompaña al R.D. de 10 de octubre de 1749.

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aquí para ver los documentos originales del
Real Decreto
1) Carta, pregón
y bando. El Intendente de la Provincia enviaba una
carta a la Justicia (alcalde) del pueblo con traslado
de la orden del rey y le anunciaba la fecha de su
llegada y la obligación de pregonar y exponer
el bando que se enviaba junto con la carta.
2) Elección
de representantes del concejo y peritos. Simultáneamente,
el alcalde y los regidores debían elegir los
miembros del ayuntamiento (concejo) que habrían
de responder al Interrogatorio de 40 preguntas; además,
debían elegir dos o más peritos entre
las personas que mejor conociesen las tierras, frutos
y, en general, todo lo referente al lugar (su población,
sus ocupaciones, sus utilidades, ganados, etc.)
3) Llegada del equipo
catastrador (o audiencia) y primeras diligencias.
El Intendente o en representación suya un Juez-subdelegado,
iba acompañado de un asesor jurídico,
un escribano y los operarios, agrimensores, escribientes
y demás dependientes que considere necesarios
para acudir a cada pueblo de la provincia. Mandaba
citar al alcalde, regidores y peritos y cura párroco
para un día, hora y lugar determinados.
4) Si lo consideraba
oportuno, el Intendente podía designar otros
peritos, generalmente forasteros, que debían
expresar su conformidad o disconformidad acerca de
los rendimientos o utilidades que los peritos del
pueblo declarasen. Se les tomaba juramento, con el
párroco como mero testigo.
5) Respuestas al Interrogatorio.
Llegado el momento, se daba comienzo al Interrogatorio,
recogiendo el escribano las respuestas literales ("a
la letra") dadas por el concejo y los peritos.
Si los representantes del municipio carecían
de datos para responder alguna pregunta, el acto podía
suspenderse un tiempo, a condición de hacerlo
con reserva, justificación y brevedad. Las
autoridades y testigos firman el documento, a excepción
del cura párroco.
6) El resultado de
este acto daría lugar al documento llamado
Respuestas Generales, que quedaba en manos del Intendente.
Si a lo largo del proceso catastral posterior se encontraban
datos que corregían o ampliaban la información
dada en los primeros días, se le añadían
notas aclaratorias finales. A veces el acta tiene
una segunda parte con rectificaciones a las preguntas
más o menos amplias hechas por el Contador,
una vez examinados todos los autos, asientos, verificaciones
y notas; es el caso de Oviedo. Consta que la operación
piloto de Madrid hecha en Fuenlabrada en 1750, se
repite completa incluidas las Respuestas Generales
en 1753. Las graves deficiencias detectadas en Murcia
obligan a repitir todo el Catastro; todas las Respuestas
Generales, excepto la operación-piloto de Caudete
(de mayo de 1750), se vuelven a recoger entre mayo
de 1755 y enero de 1756.
¿Dónde
se conservan las respuestas?
Las Respuestas Generales
originales, se realizan, esencialmente, entre 1750
y 1754. Se conservan con los otros documentos catastrales,
en los Archivos Históricos Provinciales. En
un primer momento se fueron depositando en la Contaduría
Principal de la Capital de Provincia, que con el tiempo
pasaría a ser la Delegación provincial
de Hacienda. Las reformas provinciales cambiaron la
dependencia de localidades; el aprecio que se tenía
a esta documentación viene avalado por el cuidado
que se puso en su conservación y en el traslado
a la provincia correspondiente.
Copia compulsada
del Archivo General de Simancas: Cada Contaduría
hace una copia compulsada de las respuestas generales
de la provincia, que lleva la firma del Contador Mayor
y el escribano correspondiente ("Es conforme
al original que queda en la Contaduría de mi
Cargo"). Otra diferencia es la simplificación
a un mero esquema de mapas más detallados que
pueden acompañar a la pregunta tercera en el
original.
Copia para la
localidad: En 1756 se ordena a las Contadurías
Provinciales hacer una copia de los libros catastrales,
entre ellos de las respuestas generales, para enviar
a cada localidad catastrada, donde, en el futuro,
servirían de guía para el reparto y
cobro del impuesto. Se conserva en algunas localidades,
como Granada; su apariencia es mucho menos cuidada,
y llega a haber alguna hoja con sólo 6 ó
7 renglones.
La Respuestas Generales
se conservan en la actualidad en diversos Archivos
Estatales. El Archivo General de Simancas custodia
la copia compulsada completa de las contestaciones
de las 13.000 localidades de la Corona de Castilla.
Razones de preservación llevaron a iniciar
un proceso de microfilmación. En los años
ochenta se microfilmaron los 545 libros de Respuestas
Generales que se guardan en Simancas. El resultado
ha dado lugar a 350.000 imágenes de unos documentos
con una letra caligráfica muy cuidada, de fácil
lectura y sin apenas abreviaturas; muy pocas páginas
presentan problemas de legibilidad, como tintas desvaídas
o traspaso de tintas del reverso.

Archivo
General de Simancas
Resultado
del Catastro para el término de Santa Cruz
de Moya:
Si quieres consultar
las respuestas a las 40 preguntas en Santa Cruz de
Moya:
- Entra
aquí y selecciona el municipio de Santa
Cruz de Moya
- Encontrarás
86 páginas digitalizadas con las respuestas
dadas para nuestro municipio en 1752.

Respuestas
del Lugar de Sta. Cruz
En
el Lugar de Santa Cruz,
Jurisdicción de la Villa de Moya
en veintey siete días del mes de
octubre año de mill setecientos cinqta y...
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